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Leer másCapacitación permanente e integral en institutos y academias de formación que cuenten con la más alta certificación expedida por el Secretariado Ejecutivo de Seguridad Pública, solicitó el diputado Carlos Manuel Jiménez Díaz al presentar ante el Pleno una iniciativa con proyecto de decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Municipio Libre.
Propuso, asimismo, que las y los elementos que integran las policías municipales participen de la misma capacitación que reciben las y los servidores públicos de los diversos niveles y áreas de la administración pública municipal, las y los agentes y subagentes municipales, la o el Comisario Municipal y las y los Jefes de Manzana.
Desde la tribuna, dijo que esta iniciativa tiene el propósito de dotar de capacitación permanente, integral y de calidad a las y los elementos de seguridad pública municipal, como ocurre en el nivel estatal. Consideró que, al reformarse la fracción décima octava del artículo 35 de la referida Ley, “se estaría ampliando la atribución que ya ejecutan los ayuntamientos con otros servidores públicos, relacionada a incorporar conocimientos sobre el respeto de los derechos humanos, el interés superior de la niñez y la igualdad sustantiva”.
El Presidente de la Comisión Permanente de Seguridad Pública comentó que en las diversas regiones de la entidad ha escuchado las peticiones de policías municipales de recibir ese tipo de capacitación, que está contemplada en la Ley.
Para facilitar que los ayuntamientos desarrollen estas acciones, propuso modificar las atribuciones que corresponden a la Comisión de Policía y Prevención del Delito, particularmente la ubicada en la fracción novena del artículo 47 de la misma Ley, a efecto de promover la formación y el desempeño de las y los elementos de policía municipal, manteniendo el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos y el imperio de la Ley.
En apego a una de las exigencias ciudadanas más recurrentes, propuso reformar el artículo 73 para establecer como requisito riguroso acreditar el Curso de Formación Inicial para Policía Preventivo y así poder ser nombrado Jefe o Comandante de la Policía Municipal, acatando adicionalmente otros requerimientos señalados en la Ley Orgánica del Municipio Libre.
Aclaró que esta propuesta mantiene el respeto irrestricto a la autonomía municipal y se articula con lo dispuesto en distintas disposiciones contenidas en la Ley Número 843 del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, surgida, a su vez, de un ejercicio de armonización con el ordenamiento general vigente en la materia.
Esta iniciativa, a la que se adhirió el Grupo Legislativo de Morena, fue turnada a las comisiones permanentes unidas de Gobernación y Seguridad Pública.