Coatepec, Veracruz; México
contacto@pasillolegislativo.com 2282814900 Director general: José Villegas López
LXVII Legislatura 20/Oct./2021 - 8:41 pm

Usted se encuentra en: https://pasillolegislativo.com/nota/ver/28411/designa-congreso-a-comisionado-del-ivai.html

Designa Congreso a Comisionado del IVAI

  • Rinde David Agustín Jiménez Rojas la protesta de ley ante el Pleno; ocupará el cargo por siete años.

  Con 35 votos a favor, 5 en contra y cero abstenciones, el Pleno de la LXV Legislatura aprobó la designación del ciudadano David Agustín Jiménez Rojas como comisionado del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) y le tomó la protesta de ley.

 

La Junta de Coordinación Política, mediante un Punto de Acuerdo, propuso este nombramiento al cargo por un periodo de siete años a partir de que ocupe el cargo, previa protesta de ley. Tras el escrutinio razonable, objetivo e imparcial de los requisitos de elegibilidad para ser comisionado del IVAI, se encontró que el referido ciudadano cumplía los requisitos establecidos en el Artículo 67 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a saber:

 

Ser ciudadano veracruzano con residencia efectiva en el Estado, cuando menos dos años anteriores al día de su designación, o mexicano por nacimiento, con vecindad mínima de cinco años en el Estado; contar con título profesional expedido por autoridad o institución legalmente facultada para ello, preferentemente, con estudios de posgrado y tener, cuando menos, treinta y cinco años cumplidos al día de su designación.

 

Además, gozar de buena reputación, prestigio profesional, y contar, preferentemente, con experiencia en materia de acceso a la información pública y protección de datos personales; no haber sido condenado por delito doloso y no haber sido ministro de culto religioso, ni dirigente de partido o asociación política, cuando menos cinco años antes de su designación.

 

Respecto al último requisito, en uso de la atribución conferida en el artículo 33 fracción XXXVI de la Constitución Política del Estado, el Pleno concedió la dispensa de ley por causa justificada al referido ciudadano en lo relativo a no haber sido candidato a cargo de elección popular, cuando menos tres años antes de su designación, dada su inclusión como candidato a diputado local suplente por el principio de Representación Proporcional en el proceso electoral 2020-2021.

 

contador usuarios online