Coatepec, Veracruz; México
contacto@pasillolegislativo.com 2282814900 Director general: José Villegas López
LXVII Legislatura 11/Jul./2023 - 8:57 pm

Usted se encuentra en: https://pasillolegislativo.com/nota/ver/34975/plantea-diputado-creacion-de-consejos-municipales-de-prevencion-de-accidentes.html

Plantea Diputado creación de Consejos Municipales de Prevención de Accidentes

  • Formarían parte del Consejo Estatal y serían un mecanismo de prevención y control de siniestros en el territorio estatal, afirma Juan Enrique Santos Mendoza.

 

El diputado Juan Enrique Santos Mendoza presentó al Pleno de la LXVI Legislatura una iniciativa de Decreto que reforma la Ley de Salud del estado de Veracruz para establecer, de acuerdo con la disponibilidad presupuestal de los municipios, la creación de los Consejos Municipales de Prevención de Accidentes, en demarcaciones con más de 70 mil habitantes.

 

De acuerdo con la propuesta legislativa, se prevé reformar el último párrafo del artículo 129 de la Ley en comento, para que dichos Consejos Municipales formen parte del  Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes, estableciendo mecanismos efectivos de prevención y control de siniestros o percances en el territorio estatal.

 

En la Tribuna, el diputado Santos Mendoza explicó que el Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes, coordina sus trabajos con el Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, dentro del marco de los Sistemas Nacional y Estatal de Salud. Sin embargo, indicó, la normativa local no mandata una coordinación o atribución con los municipios, dando como resultado que únicamente Tuxpan, Orizaba, Córdoba, Minatitlán y Poza Rica cuenten con dichas figuras.

 

Asimismo, puntualizó que los ayuntamientos son los gobiernos más próximos y cercanos a la población, por lo que resulta indispensable que articulen políticas públicas y acciones en materia de prevención y control de accidentes, toda vez que conocen mejor la geografía territorial, las condiciones económicas, sociales y los factores y zonas de riesgo.

 

La adición del Título Octavo denominado De los Consejos Municipales de Prevención de Accidentes, a la Ley de Salud estatal, prevé que los Consejos Municipales de Prevención de Accidentes sean instalados por los Ayuntamientos al inicio de cada periodo constitucional y a más tardar el último día hábil del mes de marzo, siendo integrados por la o el Presidente Municipal, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia, la o el edil a cargo de la Comisión Municipal de Tránsito y Vialidad, quien fungirá como Secretario Técnico.

 

Además, de la o el edil a cargo de la Comisión Municipal de Salud y Asistencia Pública, que se desempeñará como Coordinador General, así como por las y los ediles con Comisiones Municipales relacionadas al objeto del Consejo; representantes de Universidades, Institutos Tecnológicos, del sector empresarial, asociaciones civiles, instituciones del gobierno federal y estatal, cuyas atribuciones tengan relación con las acciones objeto del Consejo.

 

En su integración, también se contará con la Directora del Instituto Municipal de la Mujer, la o el Director de Comunicación Social y un representante de la Jurisdicción Sanitaria correspondiente al municipio de que se trate. Deberán sesionar por lo menos una vez cada tres meses dentro de los primeros diez días hábiles y en forma extraordinaria, según sea necesario.

 

“Si bien los accidentes no pueden evitarse, tenemos que sumar esfuerzos para que estos no sean fatales y tengan la menor cantidad de víctimas o daños materiales, y eso solo lo podemos hacer trabajando coordinados desde los municipios veracruzanos”, concluyó el legislador.

 

La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a las Comisiones Permanentes Unidas de Salud y Asistencia y de Gobernación.

 

contador usuarios online