Anuncia SEV calendario de pagos con aumento salarial
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Otorga un plazo de 24 horas para asignar a la fórmula que corresponda, ya que la sustitución se dio posterior a la elección.
Irineo Pérez Melo.- La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la asignación de la regiduría uno por el principio de representación proporcional en el municipio de Actopan, revocando la constancia otorgada a las integrantes de la primera fórmula de la planilla de regidurías postulada por el partido Morena.
En la sesión pública celebrada por el sistema de videoconferencia, los integrantes de este órgano jurisdiccional modificó la sentencia del Órgano Público Local Electoral del estado de Veracruz (OPLEV), por el que se realizó la asignación supletoria de regidurías por el principio del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) que confirmó el acuerdo OPLEV/CG371/2021 emitido por el Consejo General del Organismo Público Local Electoral de representación proporcional (RP) en 78 Ayuntamientos, integrados de dos a cinco regidurías, en el proceso electoral local ordinario 2020-2021, entre ellas, la relativa al Ayuntamiento de Actopan.
El Pleno de la Sala Regional modificó la sentencia a fin de revocar, en lo que fue materia de impugnación, el citado acuerdo del OPLEV en lo relativo a la asignación de la regiduría uno por el principio de RP en el municipio en mención.
De igual forma, revocó la constancia otorgada a las integrantes de la primera fórmula de la planilla de regidurías postulada por el partido político MORENA y ordenó al Consejo General del OPLEV que, en un plazo de 24 horas, realice la asignación a la fórmula que corresponda.
Lo anterior, al considerar que el TEV, de manera incorrecta, ratificó la actuación del OPLEV que consideró como válida la sustitución de una candidatura de manera posterior a la celebración de la elección.
En otro asunto, la Sala Regional Xalapa revocó la sentencia del TEV que confirmó el acuerdo OPLEV/CG371/2021 emitido por el Consejo General del OPLEV, por el cual se realizó la asignación supletoria de regidurías por el principio de RP en el proceso electoral local ordinario 2020-2021, en específico, la correspondiente al Ayuntamiento de Tlapacoyan.
Se llegó a tal determinación, toda vez que la magistrada y los magistrados de la Sala determinaron que el TEV realizó una indebida valoración de las pruebas aportadas para acreditar la residencia efectiva de la cuarta regidora propietaria postulada por el Partido Acción Nacional (PAN).
Ello, porque se consideró que las constancias de residencia ofrecidas no dan certeza para afirmar que la referida candidata tenía una residencia no menor de tres años en el municipio por el cual contendió, por lo que se le declaró inelegible.
En consecuencia, se modificó el acuerdo del OPLEV para dejar sin efecto la asignación de la regidora propietaria cuarta por el principio de RP y se ordenó a la autoridad electoral que asigne dicha regiduría a su suplente y, además, expida la constancia respectiva a su favor.
En la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia celebrada este 28 de diciembre, se resolvieron cuatro juicios ciudadanos federales.
Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).